¿Cómo puedo preparar una carta de patrocinio?
Las personas que deseen inmigrar a Estados Unidos bajo la petición de un familiar debe tener un patrocinador económico y una carta de patrocinio.
La persona que será el patrocinador
de inmigración del familiar debe presentar el formulario I-130. A través de ese formulario el familiar realizando la petición debe comprometerse a sustentar económicamente a la persona y presentar una declaración jurada de patrocinio económico cuando llegue el momento de venir a Estados Unidos.
Si en el momento de hacer la solicitud todavía no cuenta con los requisitos financieros, debe completar el formulario I-864 y tanto la persona que desea emigrar y el familiar solicitando el patrocinio económico deberán busca otras personas que estén dispuestas a comprometerse a sustentar económicamente a la persona que desean traer a Estados Unidos.
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La carta de patrocinio económico es solicitada por el gobierno de Estados Unidos para asegurarse que la persona a punto de emigrar no tenga que depender de los beneficios públicos al llegar a suelo estadounidense. Los beneficios públicos incluyen cupones de alimentos, Medicaid, y otro tipo de asistencia ofrecida por el gobierno temporalmente a las personas necesitadas.
El que la persona patrocinada luego reciba beneficios públicos puede comprometerla a que tenga que devolver todo el monto que le otorgue el gobierno.
Si la residencia permanente es solicitada a través de un familiar el migrante debe tener un patrocinador económico. Además se requiere un patrocinador para un miembro de la familia que venga a trabajar para un familiar o para una compañía de la cual el familiar es dueño del 5 por ciento o más.
Si el familiar no presenta el patrocinio, la persona no podrá inmigrar porque el trámite es considerado como incompleto.
Todos los patrocinadores deben ser ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes de los Estados Unidos, de por lo menos 18 años de edad, y deben vivir en los Estados Unidos (incluyendo territorios y posesiones territoriales de los Estados Unidos) cuando presenten la declaración jurada de patrocinio económico.
Si desea obtener más información sobre el patrocinio puede ingresar a esta página del gobierno de Estados Unidos donde responden muchas de las preguntas más frecuentes.
A través de este artículo, MundoHispánico no ofrece asesoría legal. Es imprescindible que cada persona consulte su caso con un abogado de inmigración donde reside, ya que las leyes o procedimientos pueden variar en cada estado.
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