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FEMA otorgará ayuda para gastos funerarios por COVID-19

FEMA anuncia cheque de ayuda para gastos funerarios por COVID-19 y podría llegar a miles de inmigrantes indocumentados en Estados Unidos.
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  • FEMA otorgará ayuda para gastos funerarios por COVID-19
  • La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias anunció esta ayuda incluso para indocumentados
  • Conozca los requisitos para acceder a esta ayuda

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), anuncia que otorgará ayuda para gastos funerarios por COVID-19 como parte del Plan de Rescate Estadounidense de Joe Biden, y dicha ayuda podría llegar a miles de inmigrantes indocumentados que han perdido a un ser querido por coronavirus.

«La pandemia de COVID-19 ha causado tanto desconsuelo para tantas familias. En FEMA, nuestra misión es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres», señala agencia federal en su sitio web, donde anunció la nueva ayuda para gastos funerarios.

Nueva ayuda para millones

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El estímulo firmado por el presidente Joe Biden el pasado 11 de marzo, inició otorgando millones de dólares en ayuda para los estadounidenses en forma de cheques o depósitos directos. Ahora, el plan instruye a FEMA para otorgar ayuda para gastos funerarios por COVID-19.

«Conforme a la Ley de Asignaciones Complementarias de Respuesta y Ayuda por Coronavirus de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, FEMA proporcionará ayuda económica para los gastos fúnebres relacionados con COVID-19 incurridos después del 20 de enero de 2020», indica la agencia federal.

¿Cuándo enviará FEMA la ayuda para gastos funerarios?

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De acuerdo con el informe de Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) la entrega de esta ayuda para gastos funerarios por COVID-19 sería enviada durante este mes de abril, sin especificar una fecha exacta para la distribución.

Además, FEMA señaló que esta trabajado con un grupo de «personas interesadas» para establecer como haría llegar esta ayuda para gastos funerarios. Sin embargo, recomendó a las personas que tienen gastos de este tipo por COVID-19 a «conservar y recopilar la documentación».

¿Cómo pido a FEMA la ayuda para gastos funerarios?

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El sitio oficial destaca que pese a que aún falta información, FEMA comenzaría a recibir solicitudes de la ayuda para gastos funerarios «a partir del lunes 22 de abril de 2021 a través de nuestro centro de llamadas exclusivo», y advirtió que «pronto habrá más información».

También puso a disposición dos números asistencia para gastos funerarios por COVID-19 que estarían disponible desde el 12 de abril de 2021: 844-684-6333 y 800-462-7585. Los horarios de atención son de «lunes a viernes de 8 a.m. a 8 p.m. hora del centro».

¿Quiénes son elegibles para esta ayuda de FEMA?

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La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), enlistó los requisitos para poder acceder a esta nueva ayuda de gastos funerarios por COVID-19. El primero de ellos es que la muerte haya ocurrido en los Estados Unidos o «los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia».

Además, el certificado de defunción debe indicar específicamente que la muerte fue provocada por la COVID-19. Ahora que fue anunciada esta ayuda del Plan de Rescate Estadounidense, muchos se pregunta si indocumentados podrían acceder a ella.

¿Indocumentados podrían recibir ayuda de FEMA?

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Al respecto, el sitio web de FEMA señala que la ayuda por gastos funerarios puede ser solicitada por un «ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado que tuvo gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020».

También, FEMA aclaró que dentro del Plan de Rescate Estadounidense del 2021 «no existe un requisito que estipule que la persona fallecida deba haber sido un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado», por lo que los indocumentados si podrían acceder al beneficio.

¿Qué documentos necesito para recibir la ayuda?

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FEMA recomienda guardar varios documentos. El primero de ellos es «un certificado oficial de defunción que atribuya la muerte directa o indirectamente a COVID-19 y demuestre que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, incluyendo los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia».

También, deberá incluir un «documentos de gastos fúnebres (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres».

Que otros documentos son ‘esenciales’ para obtener la ayuda

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De acuerdo con el sitio oficial de FEMA, «evidencia de fondos recibidos de otras fuentes para usarse específicamente en gastos fúnebres», también será necesaria. Y es que la agencia federal advirtió que «no podemos duplicar beneficios recibidos del seguro de sepelio o funeral».

Así como tampoco de «la asistencia económica recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes». FEMA advirtió que un hijo menor de edad no puede solicitar la ayuda para gastos funerarios por COVID-19 en nombre de un adulto.

Proceso para solicitar el beneficio de FEMA

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La línea telefónica mencionada previamente es gratuita y podrá llamar para llenar sus solicitud ante FEMA de ayuda por gastos funerarios de COVID-19, donde será atendido por representantes de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias.

La agencia destaca que no se aceptarán solicitudes en línea, y que habrá «servicios multilingües disponibles», con lo que probablemente si usted es hispano no tendría gran problema para acceder al beneficio de gastos funerarios por COVID-19.

¿Qué gastos cubre la ayuda?

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«Una vez que un solicitante haya solicitado Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 y reciba un número de solicitud, podrá proporcionar documentación de comprobante a FEMA», señala el sitio web. La agencia contempla que sean enviados por línea, fax o correo.

Transporte para un máximo de dos personas para identificar a la persona fallecida, traslado de los restos, féretro o urna, parcela de entierro o nicho de cremación, marcador o lápida, servicios de oficiantes o clero, organización de la ceremonia fúnebre son algunos de los gastos contemplados en esta ayuda, que también podría llegar a indocumentados.

La ayuda llegará en forma de cheque o depósito

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Otros gastos que también están contemplados en esta ayuda son el «uso de equipo o personal de empresa fúnebre, costos de cremación o sepelio, costos asociados con la emisión y certificación de múltiples certificados de defunción, y gastos adicionales exigidos por cualquier ley u ordenanza del gobierno local o estatal».

«Si usted es elegible para la asistencia de gastos fúnebres, recibirá un cheque por correo postal, o fondos mediante depósito directo, dependiendo de la opción que elija cuando solicite la asistencia», indica el portal oficial de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias.

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