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¿Cómo «arreglar los papeles» a través de un familiar ciudadano o residente?

Una manera muy común de “arreglar papeles” es a través de una Petición Familiar. Si eres ciudadano o residente permanente es posible que tu pareja, tus hijos y hasta tus padres logren un estatus legal gracias a ti.
2018-10-10T09:37:26+00:00
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Una manera muy común de “arreglar papeles” es a través de una Petición Familiar. Si eres ciudadano o residente permanente es posible que tu pareja, tus hijos y hasta tus padres logren un estatus legal gracias a ti.

Aquí te compartimos los pasos a seguir para regularizar tu estatus migratorios en Estados Unidos a trvés de un familiar.

«Arreglar los papeles» es la prioridad del inmigrante

El reto de inmigrar no termina con la meta de llegar a los Estados Unidos, si no que continúa por un plazo indeterminado. El inmigrante se enfrenta con varios desafíos que pueden incluir barreras del lenguaje, cultura, la falta del conocimiento de las leyes de la nueva sociedad y su estados migratorio.

La pregunta de cómo “arreglar mis papeles” esta siempre presente en la mente de los inmigrante y uno de los procesos para hacerlo es la Petición de Familiares por parte de un ciudadano o residente permanente, que se realiza siguiendo estos pasos, según la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS):

  1.  Si eres el cónyuge, hijo menor o padre de un ciudadano estadounidense, por favor ve la página  Familiares Inmediatos para más información sobre cómo solicitar una Tarjeta Verde.Otros familiares elegibles para solicitar una Tarjeta Verde están descritos en las siguientes categorías de “inmigrantes preferenciales” basados en la familia:
    • Primera preferencia (F1) – hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses, que sean solteros(as) y tengan 21 años de edad o más;
    • Segunda preferencia (F2A) – cónyuges e hijos (solteros, menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legales;
    • Segunda preferencia (F2B) – hijos  a hijas solteros, de 21 años de edad, de residentes permanentes legales;
    • Tercera (F3) – hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y
    • Cuarta preferencia (F4) – hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más.
  2. El ciudadano o residente permanente que desea pedir a sus familiares debe llenar el formulario I-130 y enviar esta planilla al departamento de inmigración junto a toda la documentación adicional que le soliciten.

3. Los familiares recibirán una carta de aprobación en la que se especifica la fecha en que se introdujo su caso.

4. Quienes piden la legalización deben esperar un tiempo determinado para que aprueben su caso. Por ejemplo: los padres, esposa o esposo e hijos menores de 21 años de edad, de ciudadanos americanos son considerados familia inmediata y no son sujetos a fechas de espera, pero quienes piden la legalización a través de un residente permanente deberán esperar un plazo considerable de años.

5. El tiempo de espera varia constantemente y se puede chequear en la página del Departamento de Estado www.travel.state.gov.

Cuando el conteo de inmigración llegue a tu fecha de prioridad según el Boletín de Visa, puedes iniciar el segundo paso del proceso, el cual es aplicar para la residencia permanente y un permiso de trabajo.
Aclaratoria:

Mientras la petición I-130 esta vigente, y aún cuando esta haya sido aprobada, no existe ningún amparo para los solicitantes.

La petición de un familiar no le confiere el permiso para estar aquí legalmente, ni el permiso para salir del país y ni siquiera para trabajar.  La petición simplemente permite un espacio en una larga lista de espera.

A través de este artículo, MundoHispánico no ofrece asesoría legal. Es imprescindible que cada persona consulte su caso con un abogado de inmigración donde reside, ya que las leyes o procedimientos pueden variar en cada estado.

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